Los vales de despensa son una prestación valorada por los colaboradores, surgen con la necesidad de compensar al trabajador por las deducciones de impuestos que gravan su salario.
Entiéndase impuesto sobre la renta (ISR) o aportaciones al Seguro Social (IMSS) o Infonavit que en ocasiones puede llegar a ser una parte considerable de su salario, podemos darle diferente tratamiento al momento de realizar la deducción.
Los Vales de Despensa son una prestación exenta
La ayuda alimentaria forma parte de la previsión social de una empresa, por lo tanto, el monto de los vales de despensa queda exento en materia fiscal. El límite que puede ser exento es 7 veces el valor de UMA:
Valor de UMA en la Ciudad de México para el 2022: $96.22 ($2,886.60 mensuales)
Límite en materia fiscal: 7 veces la UMA ($2,886.60 x 7= $20,206.20)
Si el monto total de salario más el vale de despensa excede esta cantidad, el excedente será tomado en cuenta.
Los Vales de Despensa no forman parte del Salario Base de Cotización
Para efectos del IMSS se forma el SBC, con el cual se aplicarán los correspondientes descuentos bimestrales. La Ley del Seguro Social establece que todo monto destinado a vales de despensa será excluido siempre y cuando no rebase el 40% del valor de UMA.
Valor de UMA en la Ciudad de México: $96.22 ($2,886.60 mensuales)
Límite UMA: 40% de UMA ($2,886.60 x 40%= $1,154.64)
Se excluyen parcialmente del pago de Impuesto Sobre la Renta
Cuando el pago es realizado por medio de monederos de vales de despensa, siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos, es deducible parcialmente, ya que representa un beneficio de previsión social.
Requisitos:
→Que los vales sean otorgados a todos los trabajadores y que se brinden mediante monederos electrónicos autorizados por el SAT.
→Empresas nuevas y en general pueden deducirlos en un 47%, pero si los vales aumentan su valor al año siguiente, serán deducibles en un 53%.
→Tener un contrato con un emisor autorizado de monederos fiscales de vales de despensa, para lo que debe poseer todos los datos de su empresa como la razón social, el número de registro patronal.
→Estar inscrito en el Régimen Federal de los Trabajadores.
→Establecer los presupuestos que se desea asignar al monedero de cada trabajador, domicilio fiscal y otros que amerite el emisor para celebrar dicho contrato.
→Tener toda la contabilidad registrada en el sistema.
→No tener deudas fiscales y permitir auditorias de los SAT
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