¿Qué es el outsourcing?
Este es el proceso mediante el cual una compañía y/o organización identifica un proceso dentro de su rutina que podría aumentar la productividad y derivar en optimización, involucrando a terceros que son subcontratados para ejecutar esa tarea o actividad.
Es decir, consiste en delegar algunas funciones a una empresa o equipo especializado en ellas, para aumentar la producción, acceder a mejores tecnologías o abaratar los costos dentro de la organización.
La nueva reforma de outsourcing
La reforma outsourcing 2021 (subcontratación laboral) fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado viernes 23 de abril de 2021. Para ello, se modificó la Ley Federal del Trabajo (LFT), Ley del Seguro Social, Ley del Infonavit, Código Fiscal de la Federación, Ley del ISR, Ley del IVA y Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Sin embargo, la mayoría de los cambios se concentraron en la LFT.
En términos generales, las modificaciones tienen como objetivo permitir la subcontratación de personas morales y físicas que presten servicios especializados o de ejecución de obras especializadas. Ello se cumplirá siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del beneficiario de los mismos. Vale decir que una empresa de tecnología, no puede subcontratar personal del rubro, solo de servicios que necesite la empresa (limpieza, seguridad, comida).
Dicha reforma consiste en regular el outsourcing, por lo que ahora prohíbe la subcontratación de personal, pero se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.
Al respecto, desde Palacio Nacional, Luisa María Alcalde Luján, Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) resaltó que sí se permitirá la subcontratación de servicios y obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica principal de la compañía. En tanto, las empresas que presten estos servicios deberán registrarse de manera obligatoria en un padrón que estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y para conseguir esa inscripción, las empresas interesadas tendrán que acreditar primero el cumplimiento de sus obligaciones laborales de seguridad social y aquellas de tipo fiscal.
En la conferencia de prensa, dijo que con la entrada en vigor de esta reforma, los patrones deben reconocer como trabajadores propios a todos aquellos empleados que realizan las actividades principales en sus empresas.
También indicó que las empresas que contraten los servicios especializados, deberán responder frente a los trabajadores en caso de cualquier incumplimiento por parte de esas prestadoras del servicio especializado.
Este Decreto marca cambios a siete leyes:
»Ley Federal del Trabajo»Ley del Seguro Social
»Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
»Código Fiscal de la Federación
»Ley del Impuesto sobre la Renta
»Ley del Impuesto al Valor Agregado
»Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.
Con la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación empiezan a correr los términos de los diferentes plazos de la misma reforma y las empresas deberán iniciar la regularización del personal que hasta hoy mantienen contratado vía outsourcing o insourcing.
Queda prohibido que las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en el proceso de contratación de personal participen en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otros. Estas no se considerarán patrones ya que este carácter lo tiene quién se beneficia de los servicios.
El decreto señala que, en el caso de las dependencias e instituciones de la Administración Pública Federal las nuevas disposiciones de la reforma entrarán en vigor en el 2022.
A partir de la entrada en vigor del decreto, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá 30 días naturales para expedir las disposiciones de carácter general del registro que alimentará un padrón en el que se darán de alta las empresas subcontratistas.
El decreto establece que, a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto, las empresas que presten servicios de subcontratación deberán obtener el registro ante la STPS en un plazo de 90 días naturales.
Asimismo, las empresas tendrán un plazo de 90 días contados a partir de la entrada en vigor del decreto para regularizar a su personal y eliminar los esquemas de outsourcing e insourcing.
Para evitar huecos legales que permitan deducciones fiscales abusivas y alguna simulación, la STPS dijo que se homologaron los criterios del Código Fiscal, de la Ley del ISR y de la Ley del IVA con la Ley Federal del Trabajo. Destacó a las empresas que, también se endurecieron las sanciones para el caso de incumplimientos.
Multas outsourcing: en caso de incumplir la ley
Las modificaciones aprobadas, contemplan reformas a la Ley Federal del Trabajo para imponer multa de hasta 4 millones 481,000 pesos (hasta 50,000 UMAs) para quien realice o preste servicios de subcontratación, sin contar con registro correspondiente.
Asimismo, se establecerán cambios al Código Fiscal de la Federación para considerar esta figura como delito de defraudación fiscal, el cual se castiga hasta con tres años de prisión.
En caso de que un patrón no permita la inspección y vigilancia de las autoridades será acreedor de una multa de entre 22 mil y 448 mil pesos.